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Participación ciudadana
Área de Urbanismo

Alteración de planeamiento general en el ámbito de El Arrayanero

Transparencia y participación ciudadana

PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR

La delimitación del Ámbito de la Modificación Menor deriva del contenido de las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Victoria, siendo esta la definida por el instrumento como el Sector de Suelo Urbanizable Residencial “El Arrayanero”. Este Ámbito se adaptaba a la realidad en el momento de la redacción de las NN.SS, hace casi treinta años, y a los criterios y objetivos establecidos para el correcto desarrollo del sector.

 

NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE REGULACIÓN

A día de hoy y con una alternativa de ordenación seleccionada, para llevar a término la presente Modificación Menor con éxito, se debe ajustar el perímetro a las nuevas circunstancias. La motivación para los distintos y puntuales ajustes se puede resumir en:
– optimización y adecuación a la realidad y a la ordenación propuesta de las conexiones viarias planteadas
– adaptación a la realidad a través de la nueva cartografía y mejora de las condiciones de partida para proporcionar el funcionamiento de las infraestructuras y una gestión viable.

a) Mercado: La ordenación de las NN.SS. localiza en este lugar una dotación, mercado. En un primer momento, se procuró conservar esta ubicación pero, de mantenerse, la complicada topografía no permitía el trazado de una trama viaria viable. Siendo así, se optó por la inclusión de estos suelos al Ámbito de la Modificación Menor y por el traslado del mercado al interior, pudiendo así trazar una trama viaria viable y adecuada y, a su vez, mantener la dotación en la misma zona.

b) Sociocultural: En el extremo más meridional del Ámbito, las NN.SS. localizaban una dotación sociocultural. Tanto en este caso como en el de las calles próximas, ya existentes, se ha ajustado el Ámbito a la realidad edificada según la cartografía existente y a la estructura de la propiedad, para evitar futuros problemas con la gestión del suelo.

 

OBJETIVOS QUE SE PERSIGUEN

Los objetivos y criterios de la presente Modificación Menor de las vigentes NN.SS. de La Victoria, tras un estudio y análisis del Ámbito y su entorno y en el marco de la Ley 4/2017, del suelo y de los espacios naturales protegidos de Canarias, y el resto de legislación aplicable, son los siguientes:

  • Reajuste de la delimitación de suelo urbano y de suelo urbanizable establecida por el planeamiento vigente para adaptarla a la realidad actual atendiendo al grado de urbanización y edificación detectado, según criterios expresados a tal efecto en el marco normativo urbanístico y territorial.
  • Adaptación topográfica de la ordenación, con especial hincapié en: el trazado de la infraestructura viaria, la implantación de los usos, las tipologías edificatorias a determinar, adaptación de alturas…
  • Regularización urbanística del conjunto dotacional existente en el entorno de la calle Añate, y habilitación en la zona de nuevas dotaciones a implantar que amplíen y complementen dicho conjunto.
  • Ajuste de las tipologías edificatorias aplicables, establecidas en el planeamiento, a razón de la realidad edificada y topográfica.
  • Definición de la red viaria, a partir de la necesaria adaptación topográfica, inquiriendo en la continuidad, la permeabilidad y la accesibilidad de la infraestructura en el Ámbito y su entorno.
  • Canalización del barranco que discurre por el Ámbito, asumiendo las consecuencias que ello conlleva en la toma de decisiones sobre la ordenación a proponer.
  • Establecimiento de la ordenación pormenorizada de la totalidad del Ámbito en un único documento urbanístico, evitando la remisión a posteriores documentos de desarrollo, todo ello para lograr una trama urbana coherente y homogénea atendiendo a las características ambientales, territoriales y urbanísticas del citado Ámbito.

 

POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS

Alternativa 0: No actuación, describe la realidad existente en el momento de redacción del presente documento. Esta ordenación divide, claramente, el Ámbito en tres zonas: la zona norte, con una gran bolsa de suelo, que representa casi la mitad de la superficie delimitada, destinada a diferentes usos dotacionales (espacio libre, deportivo, sanitario, asistencial, cultural y mercado); la zona sur, que concentra en casi toda su extensión el uso primario agrícola, mayoritariamente viña y en menor proporción hortalizas, encontrándose los restantes suelos, aquellos con mayor vocación de albergar un desarrollo urbano o edificatorio, abandonados; y, por último, el perímetro se reconoce salpicado por suelos de uso residencial de pequeña extensión, algunos de ellos recintos residuales que forman parte de uno mayor exterior al Ámbito.
La infraestructura viaria se concentra en los extremos más meridionales y septentrionales. Al norte la calle Añate, un viario de reciente ejecución, atraviesa el Ámbito de este a oeste, proporcionando acceso a las distintas dotaciones. De la calle Añate nace un viario menor en dirección norte-sur, sin la urbanización completa, que da acceso a un equipamiento aislado ubicado en la zona central. Y al sur, los tres viarios existentes que proporcionan acceso a las piezas de uso residencial, generan una malla incompleta que nace en las calles Domingo Salazar y Arrayanero.

Alternativa 1: La Alternativa 1 plantea la ordenación propuesta en el documento de Aprobación Inicial, con fecha de 2009, por el Plan General en tramitación. Esta ordenación propone una nueva clasificación de suelo en la quese reconoce como suelo urbano casi la totalidad del Ámbito, exceptuando una pequeña superficie de suelo urbanizable ubicada al sur de la delimitación.
Con respecto a los usos, sigue la tendencia surgida de manera espontánea en la realidad, ubicando en la mitad norte y parte de la mitad sur del Ámbito el uso dotacional y en la mitad sur restante y en pequeños recintos que salpican el perímetro el uso residencial.
La infraestructura viaria se estructura, principalmente, en dos ejes este-oeste: la calle Añate y otro de nueva planta que atraviesa la mitad sur. La conexión norte-sur se genera con un viario, también de nueva planta en parte de su recorrido, que nace en la calle Añate para llegar a esa nueva vía transversal ya mencionada. La malla urbana propuesta del sur del Ámbito completa la existente y plantea algunos nuevos viarios, aportando la conexión necesaria con el nuevo eje este-oeste.

Alternativa 2: Al igual que la 1, esta Alternativa también propone un cambio de clasificación de suelo. En este caso, la totalidad de suelo incluido en el Ámbito se reconoce como suelo urbano. Diferenciándose una bolsade suelourbano no consolidado, localizada en su mayoría en la mitad sur de la delimitación, del resto de suelo que, fácticamente, es suelo urbano consolidado.
Esta ordenación propone una distribución de usos menos zonal, la mitad norte continúa siendo ocupada por una gran extensión de suelo dotacional, reconociendo la realidad existente: parque, centro de atención sociosanitaria, atención y tratamiento de la salud mental, atención a mayores, biblioteca, espacio de exhibición, complejo deportivo y mercadillo del agricultor. Por su parte, la zona sur intercala el uso residencial de tipología abierta al oeste, dando continuidad a la realidad existente, rodeándolo de uso dotacional: espacios libres y mercado, lo que da paso, hacia el oeste, al uso residencial en edificación cerrada que aprovecha la topografía para una inserción paisajística respetuosa.

 

Últimas sugerencias

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1 Comentario

  1. Carmen Maria Flores Rodriguez

    Hola, me parce perfecto que después de tantos años por exista intención de realizar gestión urbanística en el municipio.
    Como parte interesada y afectada en la zona de actuación del Arrayanero hago dos comentarios:
    1 Tengo conocimiento de que la intención de desarrollar el sector se debe a la necesidad de actuar en la zona de suelo público. Dado que existe también una zona de suelo privado claramente diferenciado y delimitado, me cuestiono si no sería más prudente no incluir esta zona privada en el sector, y dejarla para ordenarla y desarrollarla cuando exista un inversor realmente interesado en desarrollarla.Ya que si se ordena, según un La Ley del Suelo, deja de ser Suelo Rústico Común , pasando a ser Suelo Urbanizable, produciéndose un incremento considerable en las contribuciones, ya muy elevadas.
    2 Que a la hora de realizar la delimitación definitiva del sector se cuente con los propietarios de las actuales edificaciones residenciales, puesto que las traseras de las edificaciones y sus zonas libres podrían verse afectadas, algo que podría evitarse.

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